¿Qué es la Asignación por nacimiento?

Asignación por nacimiento

La Asignación por nacimiento y adopción es el beneficio que la Anses entrega por única vez a aquellas personas que tuvieron un hijo o adoptaron, bajo las siguientes situaciones laborales: relación de dependencia, desempleados o veteranos de guerra.

¿Quiénes pueden cobrar la Asignación por nacimiento?

Pueden cobrar el beneficio las personas con las siguientes situaciones laborales:

  • Trabajadores formales.
  • Desocupados.
  • Trabajadores que perciben la prestación por desempleo de la Anses.
  • Trabajadores que perciben la prestación de una ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
  • Veteranos de guerra.

¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el beneficio?

  • Tener registrada y actualizada la información personal y familiar en la base del Anses. Puede realizar la consulta aquí.
  • Los ingresos del grupo familiar (IGF) y del titular deben encontrarse dentro de los topes máximos y mínimos establecidos por la Anses.
  • Acompañar la presentación con la documentación solicitada por la Anses.

¿Cómo hago el tramite?

Todo depende de si los datos del nacimiento ya están acreditados o no ante la Anses:

  • Datos acreditados: en este caso, debe realizar la solicitud vía teléfono llamando al 130.
  • Datos no acreditados: en este caso, deberá pedir turno (aquí) y presentarse en una sucursal de la Anses.

El formulario de solicitud de prestación por nacimiento o adopción es el siguiente:

¿Qué tipo de cobro se percibe con este beneficio?

El cobro es de tipo único.

¿Cuándo se puede solicitar el beneficio?

El beneficio puede solicitarse entre los dos meses y los dos años, luego de que tenga lugar el nacimiento o de dictada la sentencia de permiso de adopción.

¿Quién lo recibe?

Recibe el cobro sólo uno de los padres.